México: En 2005, obligatoria la firma electrónica
(Notimex) Para 2005, la firma electrónica para operaciones con el fisco será obligatoria y optativa entre los particulares, tras diversas modificaciones hechas al Código Fiscal de la Federación (CFF).
De acuerdo con un artículo publicado por la revista Alto Nivel, será el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el pionero y patrocinador de dichos cambios en lo que respecta al Gobierno y las contribuciones fiscales.
Ello, porque a partir del año próximo casi todos los trámites y transacciones con el SAT se deberán hacer vía electrónica, con firmas y certificados digitales.
Pese a que en 2004 este procedimiento fue opcional, actualmente casi dos millones de contribuyentes cuentan con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), el equivalente a la firma electrónica.
El texto menciona que la diferencia entre una firma electrónica (de la cual pueden existir varios tipos) y la Firma Electrónica Avanzada (FEA), está en que la primera contiene información consignada electrónicamente en un mensaje de datos, que identifican al firmante y que indican que ese firmante aprueba la información contenida en el mensaje.
En tanto, la firma avanzada o FEA cumple con los requisitos contemplados en las fracciones I a IV del artículo 97 del Código de Comercio, por lo que cuenta con aspectos como autenticidad, confidencialidad, integridad y no rechazo.
Sin embargo, señala el documento, se debe garantizar la seguridad e integridad de las firmas electrónicas, para lo cual ya existe la tecnología PKI (Public Key Infraestructure) que se basa en la relación de una llave (o clave) pública y una privada.
“Mediante un programa de cómputo se pueden obtener un par de números (matemáticamente relacionados) a los que se denominan llaves.
Una se utiliza para encriptar y otra distinta para desencriptar.
Una debe permanecer secreta (llave privada) y la otra debe darse a conocer a la contraparte para que pueda ver el mensaje (llave pública)”.
De acuerdo con un capítulo nuevo del CFF, los contribuyentes y el propio Gobierno deberán contar con un certificado digital, que consistirá en un documento electrónico similar a una identificación, emitido por una entidad reconocida, y que vincula al titular del certificado con su llave pública.
Ello, para asegurar que se está negociando con la persona con la que se desea, y será en México, el SAT quien otorgue dicho certificado a los contribuyentes, mientras que el Banco de México (Banxico) autorizará el funcionamiento de otros “fedetarios” privados, conocidos como prestadores de servicios de certificación.
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