Colombia: Presentan modalidades para declarar renta a traves de Internet

Imagen de Juan Gigli

Presentación virtual, elaboración en línea mediante computador con la DIAN y la tradicional forma de papel o formulario serán las tres modalidades que los contribuyentes tendrán para presentar la declaración de renta este año.

Para la presentación virtual se que requiere que el contribuyente cuente con una firma digital que puede proveer la DIAN de manera gratuita.

La DIAN tiene 150 mil firmas digitales disponibles de las cuales ya ha utilizado cerca de 20 mil y a través de Internet, entrando al portal de la DIAN (www.dian.gov.co) puede ingresar a los servicios para diligenciar la declaración de renta y la presenta electrónicamente con la firma digital.

La segunda opción es poder entrar al mismo portal de la DIAN, usar el programa de ayuda pero solo para diligenciarla, luego la imprime en una hoja blanca tamaño carta, común y corriente, la firma y la presenta en el banco sin utilizar los formularios de la DIAN.

Y la tercera opción es utilizando los formularios que tienen un costo de 6 mil pesos, y diligenciarla como tradicionalmente se hace.

Hay unos contribuyentes que están -por resolución de la DIAN- obligados a presentar la declaración de renta por medio virtual, y especialmente son las grandes empresas y los grandes contribuyentes personas naturales. Se estima que son más o menos ocho mil.
A otros contribuyentes que tienen que presentarla voluntariamente, ya se les asignó la certificación digital.

Y el resto de contribuyentes tienen la opción de recurrir a la DIAN para que les entreguen el certificado digital si cumplen con el perfil de ser contribuyentes representativos en términos de recaudo.

El asalariado, fundamentalmente, del total de sus ingresos al año ya tiene un 25 por ciento como exento, que es un primer gran tramo de beneficio.

Adicionalmente puede descontar gastos de salud y educación en la medida en que no supere los topes que permite la ley para aprovechar este beneficio. También puede deducir los intereses pagados por deudas hipotecarias por compra de vivienda.

En el año 2006 tienen que declarar renta quienes en el año 2005 hayan recibido ingresos por más de 63 millones 660 mil pesos, así mismo:

• Quienes posean un patrimonio mayor a 84 millones 880 mil pesos.

• Quienes hayan tenido consumos superiores a 53 millones 50 mil pesos.

• Quienes hayan efectuado compras con tarjetas de crédito superiores a 53 millones 50 mil pesos.

• Quienes hayan hecho consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por más de 84 millones 880 mil pesos.

Fuente: LATINPYME